Guía Especializada

¿Los ETFs y fondos en brokers extranjeros van al Modelo 720?

Sí, como valores si hay umbral. Plusvalías a la Renta. Errores típicos y cómo mapear el extracto.

Los ETFs y fondos indexados en un broker extranjero (DeGiro, Interactive Brokers, Trading 212, etc.) sí entran en el Modelo 720 si eres residente fiscal en España y superas los umbrales del bloque de valores. No es un “producto especial” fuera del 720: a efectos de la declaración informativa son valores situados en el extranjero.

La plusvalía al venderlos es otro trámite: va a la Renta (Modelo 100) con FIFO y tipos BCE, no al 720.

Respuesta directa

  • Custodia en broker / banco no residente → bloque de valores del Modelo 720 (si hay obligación por umbral).
  • Fondos / ETFs “españoles” en entidad residente → no es el caso típico del 720 por “extranjero”; el 720 mira situación del bien/derecho.
  • Cripto → no va al 720; custodia en exchange extranjero → Modelo 721; venta → Renta.

Umbral (valores)

La obligación del 720 por valores se activa, en la práctica del contribuyente inversor, cuando el conjunto de ese bloque supera los umbrales legales (referencia habitual 50.000 € a 31 de diciembre, con reglas de repetición si el incremento supera 20.000 € respecto a la última declaración). Revisa siempre la normativa/FAQs AEAT del ejercicio: los umbrales son por bloque, no “por ETF”.

Ejemplo: 40.000 € en un ETF mundial en IBKR + 15.000 € en acciones en DeGiro → miras el bloque de valores conjunto, no cada ISIN por separado como si fueran declaraciones distintas.

Qué datos suelen pedir

Para cada posición relevante: identificación del valor, número de títulos o participaciones, valoración a 31-dic (y criterios de valoración que marque la norma), entidad depositaria, país. Los extractos del broker suelen traerlo; el trabajo es mapearlo al formato 720, no reinventar el ISIN.

Errores habituales

  1. Creer que “como es un ETF UCITS irlandés no declara” — la custodia en broker extranjero es lo que dispara el 720 informativo.
  2. Meter cripto en el 720.
  3. Confundir el 720 (informativo de patrimonio en el extranjero) con la Renta (plusvalías).
  4. Copiar un hilo de foro de 2019 sobre sanciones o umbrales sin contrastar.

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