Guía Especializada

Modelo 720 vs 721: ¿Qué pasa con las criptomonedas?

IMPORTANTE: Las criptomonedas ya no se declaran en el 720. Conoce el nuevo Modelo 721.

Si tienes activos en el extranjero, es probable que te preguntes dónde encajan tus Bitcoins o Ethereum. Desde hace poco, las reglas han cambiado: las criptomonedas ya no forman parte del Modelo 720.

Para evitar sanciones, es vital entender la diferencia entre el Modelo 720 (bienes tradicionales) y el nuevo Modelo 721 (monedas virtuales). Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber para cumplir con Hacienda este año.

La diferencia clave: ¿Qué modelo debo presentar?

La Agencia Tributaria ha separado los activos digitales de los bienes tradicionales para mejorar el control sobre los criptoactivos.

  • Modelo 720: Se utiliza para declarar cuentas bancarias, valores, seguros e inmuebles situados en el extranjero.
  • Modelo 721: Es el modelo específico y exclusivo para monedas virtuales situadas en el extranjero (custodiadas por exchanges no residentes en España como Binance, Coinbase, Kraken, etc.).

Regla de oro: Si tus criptomonedas están en un exchange extranjero y su valor supera los 50.000 €, tu obligación es presentar el Modelo 721, no el 720.

¿Cuándo es obligatorio presentar el Modelo 721?

No todos los poseedores de criptoactivos están obligados a declarar. Solo debes presentar el Modelo 721 si cumples estas condiciones a 31 de diciembre:

  1. Custodia externa: Las criptomonedas deben estar gestionadas por entidades (exchanges) que no sean residentes en España.
  2. Umbral de 50.000 €: El valor total de tus criptomonedas en el extranjero debe superar los 50.000 €.
  3. Wallets frías (Ledger/Trezor): Si tienes tus claves privadas y las monedas no están en un exchange, la normativa actual genera debate, pero la obligación del 721 se centra en monedas "situadas en el extranjero" bajo custodia de terceros.

Comparativa: Modelo 720 vs. Modelo 721

CaracterísticaModelo 720Modelo 721
ActivosCuentas, inmuebles, accionesCriptomonedas / Monedas virtuales
Límite mínimo50.000 € por bloque50.000 € en total de criptos
Plazo1 de enero al 31 de marzo1 de enero al 31 de marzo
UbicaciónBienes en el extranjeroExchanges no residentes en España

Cómo Aitax te ayuda con tu Modelo 720 (complementario al 721)

Mientras preparas tu Modelo 721 para criptomonedas, Aitax se especializa en tu Modelo 720 para el resto de activos extranjeros:

  • Extracción completa: Sube los reportes de IBKR, Degiro, XTB, Revolut... y Aitax procesa cuentas (Tipo C), valores (V/I), inmuebles (B)..
  • Complemento perfecto: Usa Aitax para 720 + herramientas oficiales para 721.

Con Aitax automatizas tu Modelo 720 mientras preparas el 721 manualmente o con herramientas oficiales.


Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Si tengo 40.000 € en el banco y 20.000 € en cripto debo declarar?
No. Los límites de 50.000 € son independientes. No llegas al mínimo en el bloque del 720 ni al mínimo del 721.

¿Qué pasa si mis criptos están en un exchange español?
Si el exchange tiene sede en España, ellos ya informan a Hacienda. Tú no tienes que presentar el Modelo 721, aunque sí deberás declarar las rentas en tu IRPF.


Conclusión

El Modelo 721 es la nueva realidad para los inversores en criptomonedas. Separarlo del Modelo 720 es fundamental para evitar errores que Hacienda detecta fácilmente mediante el cruce de datos internacionales.

No te arriesgues a sanciones innecesarias. Utiliza Aitax para tu Modelo 720 de activos tradicionales.

Empieza tu Modelo 720 con Aitax → aitax.es

¿Listo para empezar?

Automatiza tu Modelo 720 en minutos.

Probar Aitax Gratis
Modelo 720 vs 721: ¿Qué pasa con las criptomonedas? | Aitax