Guía Especializada

Cripto: ¿720, 721 o Renta?

Mapa claro: cuentas y valores van al 720, cripto custodiada fuera al 721, plusvalías a la Renta.

Si tienes Bitcoin en Binance, acciones en DeGiro y un piso en Lisboa, no todo va en el mismo modelo. Hacienda separa tres cosas: bienes tradicionales en el extranjero (720), cripto custodiada fuera (721) y las plusvalías que tributan en la Renta.

Respuesta corta: cuentas, valores e inmuebles fuera → Modelo 720. Cripto en un exchange no residente, si superas 50.000 € a 31 de diciembre → Modelo 721. Ganancias (o pérdidas) al vender cripto o acciones → Renta (Modelo 100). El 721 no paga cuota; la Renta sí.

Herramienta: Aitax prepara el Modelo 721 (API de solo lectura o CSV). El Modelo 720 se genera desde extractos de broker. Las plusvalías van en la Renta.

El mapa: tres cajones, no uno

Qué tienesDónde se informa¿Se paga impuesto ahí?
Cuenta, acciones, fondos, inmueble en el extranjeroModelo 720 (si superas umbrales)No. Es informativo
Cripto en exchange extranjero (custodia de un tercero no residente)Modelo 721 (si ≥ 50.000 € a 31-dic)No. Es informativo
Venta de acciones, fondos o cripto; dividendosRenta / Modelo 100Sí. Plusvalías y rendimientos

La regla de oro: informar no es lo mismo que tributar. Presentar el 721 no “cubre” las plusvalías de cripto. Presentar el 720 no sustituye las casillas de la Renta.

Modelo 720: cuentas, valores, inmuebles

El 720 declara bienes y derechos situados en el extranjero: cuentas bancarias, valores (acciones, ETFs, fondos), seguros e inmuebles. El umbral típico es 50.000 € por bloque (cuentas / valores / inmuebles). El plazo habitual es del 1 de enero al 31 de marzo.

Las criptomonedas ya no van aquí. Meter BTC en un 720 es el error que Hacienda cruza con los datos del 721.

Si operas con DeGiro, Interactive Brokers, Revolut o XTB, el 720 pide identificadores, valoraciones y, en valores, medias que no salen “tal cual” en el extracto. Aitax para el 720 lee esos extractos; no te pide un Excel previo.

Modelo 721: cripto custodiada fuera

El 721 es la declaración informativa de monedas virtuales situadas en el extranjero. En la práctica: saldos en exchanges o custodios no residentes en España, valorados a 31 de diciembre.

Estás obligado si el valor conjunto supera 50.000 € a esa fecha. En años siguientes, si el incremento supera 20.000 € respecto a la última declaración presentada (o si cierras/traspasas saldos relevantes). El plazo coincide con el 720: hasta el 31 de marzo.

No suele entrar en el 721:

  • Wallet fría (Ledger, Trezor) donde tienes las claves: no hay custodio extranjero. El debate jurídico existe; la obligación del 721 se centra en custodia de terceros fuera de España.
  • Exchange con sede en España: ellos informan a Hacienda. Tú no presentas 721 por esos saldos. Las ventas siguen yendo a Renta.

Ejemplo: 42.000 € en Binance y 12.000 € en un banco luso. El banco puede disparar el 720. Binance, si el total cripto no llega a 50.000 €, no obliga al 721. Los 42.000 € no se “suman” al bloque de cuentas del 720 para llegar al umbral.

Renta: donde se pagan las plusvalías de cripto

Cada vez que vendes, canjeas o usas cripto, hay un hecho imponible en IRPF (ganancia o pérdida patrimonial), con reglas propias (FIFO, valoración, comisiones). Eso no se declara en el 721. El 721 es una foto de saldos a 31-dic; la Renta es el vídeo de lo que moviste durante el año.

Si además tienes acciones en varios brokers, el FIFO de la Renta es entre cuentas homogéneas (art. 37.2 LIRPF), no “el FIFO de DeGiro” y “el de IBKR” por separado. Eso se explica en la guía de FIFO multibroker.

Aitax Renta está pensado para inversores con extractos, no para pegar el certificado de nómina.

Ejemplo en euros

Marta, residente en Madrid, a 31 de diciembre:

  • 80.000 € en acciones IBKR (Irlanda)
  • 55.000 € en BTC y ETH en un exchange extranjero
  • Durante el año vendió ETH con 4.200 € de ganancia

Qué presenta:

  1. Modelo 720 por los valores (supera 50.000 € en ese bloque).
  2. Modelo 721 por la cripto (supera 50.000 €).
  3. Renta: los 4.200 € de plusvalía de ETH (y lo que corresponda de las acciones).

Si el exchange le genera el 721 “solo”, sigue debiendo esas plusvalías en la Renta. Si solo hace la Renta y se olvida del 721, Hacienda ya recibe información de muchos exchanges: el hueco informativo es lo que abre el requerimiento.

Cómo te ayuda Aitax (el producto correcto)

  • Cripto en exchange extranjero → Modelo 721: conectas API de solo lectura o subes CSV; saldos a 31-dic; XML para Hacienda.
  • Brokers e inmuebles fuera → Modelo 720: extractos tal cual, Q4 y tipos BCE.
  • Plusvalías de acciones o cripto → Renta.

No uses una app de IRPF de nómina para reconstruir FIFO de IBKR, ni un script del 720 para el XML del 721.

Preguntas frecuentes

¿Si tengo 40.000 € en el banco extranjero y 20.000 € en cripto, debo declarar?
No por esos importes. Los umbrales de 50.000 € son independientes. No llegas al 720 ni al 721. Las plusvalías de ventas, si las hubo, sí van a Renta.

¿El 721 sustituye a la Renta de cripto?
No. Informativo ≠ cuota.

¿Un exchange español me quita el 721?
Por los saldos custodiados en España, normalmente sí (ellos informan). Las ventas, a Renta igual.

¿Wallet fría?
El 721 apunta a custodia de terceros fuera. Conserva trazabilidad: si vendes, la Renta sigue existiendo.


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¿Tienes cripto en un exchange extranjero?

Conecta el exchange y deja el Modelo 721 listo para Hacienda.

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