Árbol en 10 segundos: exchange extranjero, umbral 50.000 € a 31-dic, wallet fría y exchange con sede en España.
Sí, si a 31 de diciembre tenías criptomonedas custodiadas por un tercero fuera de España y el valor conjunto superaba 50.000 €. No, si solo tienes wallet fría con tus claves, o el exchange es residente en España, o no llegas al umbral. Las plusvalías de lo que vendiste van a la Renta igual, presentes o no el 721.
Árbol en diez segundos:
Aitax Modelo 721 conecta API de solo lectura o CSV, calcula el corte a 31-dic y deja el XML. No presenta por ti.
Binance, Kraken, Coinbase, Bitstamp y la mayoría de plataformas “globales” no son entidades españolas a estos efectos. El saldo a 31-dic es “moneda virtual situada en el extranjero”.
Un exchange con sede y supervisión en España informa él a Hacienda. Tú no duplicas el 721 por esos saldos. Si operas en los dos mundos, separa: solo suma el bloque extranjero al umbral del 721.
Custodia tuya (self-custody): Ledger, Trezor, Metamask donde controlas las claves. No hay “entidad en Irlanda/Malta” guardándote las monedas. La obligación del 721, tal como está diseñada, apunta a custodia de terceros fuera. Conserva tesorería y trazabilidad: vender sigue siendo Renta. No tomes un tuit de un foro como norma; si el caso es millonario, pregunta a un asesor. Esta guía no es un dictamen.
Se valora el conjunto de monedas virtuales en el extranjero a 31 de diciembre, en euros. No es el máximo que tuviste en junio. No es el coste de adquisición. Es precio de mercado de esa fecha × unidades.
Ejemplo: 0,8 BTC y 12 ETH que a 31-dic valen 48.500 €. No llegas. El 1 de enero el mercado sube a 61.000 €: ese año civil ya cerró; el 721 mira el 31-dic. Si el 31-dic siguiente sigues por encima de 50.000 € y es tu primera vez, entonces sí.
Otro ejemplo: 62.000 € a 31-dic. Estás obligado. Presentas. Al año siguiente 71.000 €: el incremento es 9.000 €, por debajo de 20.000 €. Puede que no tengas que volver a presentar por incremento (salvo otras causas: extinción, traspaso). Lee la orden ministerial del ejercicio; Aitax aplica el corte fiscal, no sustituye el BOE.
Suma custodia extranjera. No restes la deuda de un préstamo DeFi como si fuera un banco español. Si una parte está en un exchange ES y otra en Kraken, solo Kraken entra en el 721 (más cualquier otro no residente).
NFT y tokens raros: si son moneda virtual a efectos del modelo, el valor a 31-dic cuenta. Si no sabes clasificarlos, no inventes un cero.
El 720 no lleva cripto. El 721 no paga el impuesto de la venta. Vendiste 3 ETH en mayo con 2.400 € de ganancia → casilla de Renta, hayas presentado 721 o no.
Conectas la API solo lectura (no opera, no retira) o subes el CSV. Calculamos saldos a 31-dic y el XML. Revisas. Presentas en la sede.
¿Tengo 45.000 €, debo presentar “por si acaso”?
No estás obligado por umbral. Presentar de más no es delito, pero el modelo pide veracidad. No rellenes basura.
¿El umbral es por moneda o conjunto?
Conjunto de monedas virtuales en el extranjero.
¿Y si no sé el precio a 31-dic?
Eso es exactamente el trabajo del producto: valoración a fecha fiscal, no el spot de hoy.
¿Plazo?
Como el 720: en la práctica 1 enero – 31 marzo del año siguiente al de referencia.
Conecta el exchange y deja el Modelo 721 listo para Hacienda.